La Factura Electrónica y el Reglamento Veri*factu

Última actualización 13/11/2024 

Alejándonos de términos legales enrevesados y conceptos casi ilegibles, apunto en estas breves líneas, los aspectos fundamentales sobre la Factura Electrónica y el Reglamento Veri*factu o lo que es lo mismo, la obligatoriedad de implementar un software de facturación y remitir de manera inmediata una serie de datos a la Agencia Tributaria y por otro lado emitir la factura en formato digital para controlar fácilmente el abono de las mismas.

El Reglamento Veri*factu nace de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Busca combatir el fraude fiscal y mejorar la recaudación tributaria. Con el Reglamento y la posterior Orden Ministerial del pasado 28 de octubre, se establece la forma en que los registros de facturación que sean producidos por sistemas informáticos deben cumplir con los requisitos legales de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad, evitando así el llamado ‘software de doble uso’ o ‘software de ocultación de ventas’. Con esta finalidad primaria, el real decreto define un registro de factura, con un formato y estructura determinados, al que se añaden determinados elementos informáticos de seguridad (hashes encadenados y firma electrónica) que aseguran que dicho registro no podrá ser modificado, después de producido, sin que quede el correspondiente registro de esa modificación.

Las pymes con una facturación inferior a los 6 millones de euros tendrán la obligación de implantar el reglamento a partir del 1 de enero de 2026 y los autónomos tendrán hasta el 1 de julio de ese mismo año.

La Agencia Tributaria tiene previsto desarrollar un software que distribuirá de forma gratuita para que los autónomos y microempresas, de menos recursos, puedan cumplir con la exigencia legal sin incurrir en excesivos gastos.

La obligación de emitir La Factura Electrónica, nace de la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022 de 28 de septiembre). Esta ley consiste en que todas las empresas y profesionales tendrán que elaborar facturas en formato digital para sus clientes y proveedores con el objetivo de que se pueda monitorizar su pago y evitar la morosidad.

 

El proyecto de la factura digital lo lidera el Ministerio de Economía, Comercio y Empresas, aunque es la Agencia Tributaria quien lleva su gestión técnica. Economía sacó a audiencia pública en junio de 2023 el Proyecto de Real Decreto para desarrollar el reglamento de la facturación electrónica pero no se ha aprobado aún.

Este borrador establece que las empresas y autónomos con una cifra de negocio superior a los 8 millones de euros anuales tendrían que digitalizar sus facturas al año de la aprobación del Real Decreto, mientras que quienes tuvieran unos ingresos por debajo de ese umbral, deben hacerlo a los dos años.

 

En síntesis, la Administración mantiene sin aprobar el reglamento para su desarrollo, por lo que la obligación de emitir la factura en formato electrónico, no se producirá al menos, hasta 2027.

Antonio Sosa
Ingeniero de Telecomunicaciones y
Abogado especialista en Derecho Tecnológico

En el siguiente enlace, la agencia tributaria recoge abundante información sobre los requerimientos que implica el reglamento y en concreto el sistema de facturación.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu.html

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